Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA LLUCH EN REUS, PARA LIQUIDAR LA MERCANTIL SARGELET, SAGNIER & Cia.


Sepase por esta publica escritura. Como D. José Maignon y Sargelet del comercio de esta plaza, como a liquidador de la extinguida casa de comercio, que fue establecida en esta y que corria baxo, la razón de Sargelet, Saigner & Cia. en dicho nombre, de su espontanea voluntad otorga que dá todo su poder cumplido, libre, general y gastante qual de derecho se requiere y es necesario a D. Miguel Lluch vecino de la villa de Reus, campo y Arzobispado de Tarragona, ausente como si fuese presente, paraqué en nombre del otorgante y en el que acciona su voz, acción y derecho pueda pedir, reclamar e incorporarse de qualesquiera documentos, recibos, documentos de descargo y demás pertenecientes a la antigua razón de Sargelet, Saigner & Cia. y que puedan servir de resguardo al otorgante, en el nombre que acciona, y que paran en poder de los Señores Nadal & Cia. de Esteva y Cabrer, y de D. Ramon Romeu todos vecinos de Reus, y que sean pertenecientes a las cantidades de dinero que los expressados Señores hayan satisfecho, o entregado al Gobierno en qualquier tiempo de propiedad del otrogante en el nombre que representa, y por qualquier titulo, motivo, o causa que sean, y de los documentos que retirare y se incorporare pueda dar y otorgar a los Señores expressados, o a sus representantes los recibos, y descargos valederos con subrogación de derecho, y en caso de retardo, o denegación de entrega de parte de los mismos pueda presentarse ante qualesquier alcaldes constitucionales, asistidos de hombres bienos para la cociliaciónprrevenidas en nuestra constitución, y no conciliando pedir, y exigir los certificados y documentos oportunos, y con ellos parecer ante qualesquiera jueces, y tribunales, competentes, y allí seguir su instancia, hasta declaración definida para conseguir el que le sean entregados los documentos que dichos Señores tienen en su poder justificativos de las partidas entregadas de propiedad de la antibua razón de Sargelet, Saignier & Cia. a cuyo fin pueda el Señor apoderado presentar los memoriales y pedimentos oportunos según el estilo de los tribunales a quienes se dirigiere, y generalmente hacer quanto el otorgante haría presente siendo. Prometiendo esta ra juicio, pagar lo juzgado y sentenciado y haber por firme, estable y seguro todo quanto por dicho Señor apoderado será hecho y practicado, y no revocarlo en tiempo alguno, baxo obligación de los bienes de la liquidación que representa miuebles, y sitios, presentes y futuros, con las renuncias en derecho necesarias. En cuyo testimonio, conocido de mi el escribano, otorga y firma la presente en la ciudad de Barcelona a diez de Diciembre de mil ochocientos veinte y dos. Siendo testigos Jayme PIneday Pedro Gil y Montaña en la misma residentes.
José Maignon y Sargelet en dicho nombre, Ante mi Antonio Ubach y Claris notario.