Saga Bacardí
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ESCRITURA DE LAUDEMIO A FAVOR DE SU MAGESTAD POR UNA PLUMA DE AGUA EN SARRIÁ POR MATAS A ROSA SAGNIER Y VIDAL
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Firma por razon de Señoria correspondiente a la venta perpetua hecha por Manuel Mateu y Matas labrador del pueblo de Nstra. Sra. de Gracia a fabor de Da. Rosa Sagnier y Vidal viuda de D. Luis Sagnier del comercio de Barcelona, del derecho de recuperar una pluma de agua que la misma Da. Rosa disfruta a carta de gracia recibida por ante mi el notario escribano subscrito en veinte y dos Febrero de mil ochocientos y treinta.
Sepase: que el M. I.Sr. D. Manuel de Ibarras o Ibarra y Padilla, coronel de infanteria, Getil hombre honorario de la Real Casa Administracion Bayle General por S. M. de su Real Patrimonio Juez conservador nato de su archivo y presidente de la Junta del mismo en este Principado de Cataluña. Por quanto que residente se le ha presentado la escritura de venta a su fabor otorgada por Manule Mateu labrador de la población de Gracia, del derecho y facultad de revendicar de si misma una pluma de agua que en virtud de venta con pacto de retro por el nombrado Mateu tambien a su fabor otorgada ante D. Jayme Rigalt notario de esta ciudad a los diez y ocho de Marzo de mil ochocientos veinte y tres posee en el termino de la parroquia de S. Vicente de Sarriá corregimiento de esta ciudad, por menor espresado en la escritura de venta del espresado derecho revendicar recibida ante el propio notario Rigalt a los vente y dos de Febrero del corriente año. Y mediante haber entregado en el deposito de la actual Real cabrevacion la cantodad de treinta y seis libras trece sueldos cuatro dineros moneda de ardites a saber veinte y seis libras trece sueldos cuatro dineros de dicha moneda por el laudemio a S. M. debido, hecha gracia del tercio en razon a la venta del expresado derecho de revendicar, y las restantes diez libras por el medio laudemio adeudado, hecha igual gracia por haber quedado reducido a perpetua la calendada venta con pacto de retro según resulta del certificado dado por el depositario de los productos de la Real Cabrevacion que entrevenido por el Señor contador del Real Patrimonio queda original en el oficio de esta escrivania mayor. Por ende dijo S. Señoria que en el Real nombre de S. M. y en virtud del ministerio que aparte debia firmar y firmaba por razon de dominio la calendada venta. Salvos al Real Patrimonio los censos, laudemios y demas derechos dominicales tal vez adeudados y no satisfechos. La qual firma de la que se ha de tomar razon en la contaduria del ramo, hace S.S. en la ciudad de Barcelona a los veinte y dos de Marzo de mil ochocientos y treinta, doy fe.= manuel de Ibarra.= José Miguel Corriols.= Se toma razon, Barcelona veinte y seis de Marzo de mil ochocientos y treinta.= Pasqual de Coca.= Es copia del original de que el infro escrivano de la Baylia General del Real Patrimonio cartifica en los dias, mes y año ultimamente citados. José Manuel Corriols.
Concuerda fielmente con la firma autentica continuada al calse de la copia primordial de dicha venta de que doy fe.
Jaime Rigalt y Estrada notario.