Saga Bacardí
09822
ESCRITURA DE PODERES HACIA ARQUER, BENEN Y CANALS, POR FRANCISCO BROCCA, Y ROSA SAGNIER Y VIDAL DE BROCCA.


Ante mi el escribano y testigos nombraderos compareció D. Francisco Brocca de este comercio y Da. Rosa Brocca y Sagnier, consortes, los cuales espontáneamente han constituhido y nombrado por sus apoderados a D. Manuel Arquer, a D. Genaro Benen notario real y causídico, y a D. Francisco de Asis Canals pasante de causídico vecinos de esta ciudad ausentes como si fuesen presentes paraqué por los otorgantes, su persona, voz, acción y derecho representando puedan, y el otro de los tres asolas pueda parecer y parezca en juicio ante cualquier jueces, justicias, audiencias, curias, tribunales, y allí intentar, seguir y terminar cualesquier pleytos, y causas activas y pasivas, principales y de apelación, movidas y movederas largamente, con el acostumbrado curso de pleitos, y causas, facultad espresa de jurar de calumnia, prestar cauciones juratorias y de fiaduria, esponer clamos y reclamos, instar ejecuciones, secuestros y embargos, cancelarlos y consentir se levanten, hacer cualquier pedimientos, requerimientos, respuestas, protestas, suplicas y recursos. E instar sean levantados y presentados los testimonios que sean menester, y practicar todo lo demás que para dicha cosas y su curso se requiera, según estilo de los tribunales donde vertiere, sin limitación alguna. Con facultad de que puedan, y el otro de los tres asolas puedan substituir, revocar substitutos y nombrar otros; y generalmente practicar cuanto los otorgantes harian presentes siendo. Prometiendo estar a juicio, pagar lo juzgado y sentenciado, y haber por firme, estable y seguro cuanto por dichos apoderados, el otro de ellos y sus respective substitutos será obrado, y no revocarlo en tiempo alguno, bajo obligación de sus bienes muebles y sitios, presentes y futuros, con las renuncias en derecho necesarias. En cuyo testimonio conocidos del infro escribano, otorgan y firman la presente en esta ciudad de Barcelona a primero de Setiembre mil ochocientos treinta. Siendo testigos D. José Clot e Isidro Fortuny en la misma residentes.
Francisco Brocca, Rosa Brocca y Sagnier, Ante mi Antonio Ubach y Claris.