Saga Bacardí
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ESCRITURA DE NOTIFICACIÓN A JOSÉ MAIGNON, POR LOS ANDREU MAIGNON.


En la ciudad de Barcelona a los doce dias del mes de Mayo del año mil ochocientos trenta y cinco. Jayme Ferrer portero de la Real Audneicia de este Principado mediante juramento, que pres´to en el ingreso de su oficio ha hecho relación a mi el infro escribano que entre las doce y una horas del mediodia de hoy, a instancia de los consortes D. Francisco de Asis Andreu y Da. Maria Maignon vecinos de esta ciudad, habia entregado personalmente a D. José Maignon del comercio de esta ciudad un requirimiento cuyo tenor a la letra es como sigue.=
SabV. Muy bien Señor D. José Maignon que en las cartas dotales que nosotros D. Francisco y Da. Maria Andreu y Maignon otorgamos en poder de los notarios D. Jayme Rigalt y el autorizante a veinte y uno de Diciembre del año mil ochocientos trenta y dos, que dejamos para verse en poder de este mismo notario, accionó V. como a administrador de la sociedad que tenia con nuestro padre D. Estevan Maignon, y como a curador de la consorte nombrado por este, y en calidad de tal, y reconociendome interesada en la sociedad del padre, nos prometió que si hecha la liquidación resultabamos acrehedores en mas cantidad que la que nos entregó para contemplación del matrimonio, nos la entrgaría con toda ecsactitid, y como pasan años enteros, sin que podamos lograr que V. realize dicha liquidación ni cuentas de la curatela por mas que se lo hayamos pedido todos los interesados personalmente, y por medio de terceras personas, sin verle a V. causa para no verificarlo, pues reconocemos como a medio paliativo la que alega V. de no haber realizado dicha liquidación, por causa que dice de las guerras en las citadas capitulaciones matrimoniales, su proceder y disimulada renitencia, y el bien de nuestros intereses, nos deside a tomar el asunto con la activicad que ecsigen las circunstancias, y en su consecuencia, nosotros D. Francisco y Da, Maria Andreu y Maignon vecinos de la presente ciudad, requirimos formalmente a V. D. José Maignon vecino de la misma por cuantas veces en derecho sea necesario, para que dentro el termino de la constitucion municipal, entregue a la consorte requirente en calidad de otra de las sucesoras de nuestro difunto padre D. Estevan Maignon y Da. Madrona Maignon y Duran las cantidades que me corresponde, y retiene V. en su poder sin titulo, justo, y en el mismo termino nos manifieste la liquidación de la espresada sociedad, y nos rinda cuentas de la curatela, acreditando en ellas con los debidos comprobantes la procedencia, administración, e invenrsion de lo que coresponda a la misma curatela, para poderlas ecsaminar, con ecsactitud, protestandole a V. en caso contrario de todos los perjuicios y costas que se origuinen de su incumplimiento. Y requiere al portero que el presente notificase haga relación ante D. José Antonio Jaumar notario publico de número de esta ciudad, y a este para que levante auto de la relación en devida forma. De todo lo que el nombrado portero ha requirido a mi el infro escrivano llevase el presente auto que fué hecho en dicha ciudad de Barcelona dia, mes y año sobre notados. Siendo presentes por testigos Francisco Jordana y Agustin Obiols practicantes de notaria, vecinos de esta ciudad. Y dichos requirentes, y el portero conocidos de mi el infro escribano lo firman.
Francisco Andreu, Maria Andreu y Maignon, Jayme Ferrer, Ante mi José Antonio Jaumar y Carreras notario.