Saga Bacardí
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ESCRITURA DE SUBSTITUCIÓN DE APODERADO HACIA FONT, CÁRDENAS Y RODRÍGUEZ, POR FRANCISCO MAIGNON BONFILS.


Ante mi el escribano y testigos nombraderos, compareció D. Francisco Maignon de este comercio en calidad de apoderado con facultad de substituir para las infras cosas, lejitimamente constituido y nombrado por D. Luis Figueroa del comercio de la ciudad de Marsella, según consta de la escritura de poder recibida ante D. Juan de Prat Consul de España en dicha ciudad, residente, la cual a la letra es como sigue.=
Consulado de España en Marsella.= En la ciudad de Marsella a catorce de Abril de mil ochocientos treinta y siete, ante mi D. Juan de Prat, del consejo de Su Magestad, su secretario con ejercicio de decretos, Caballero de la Real Orden Americana de Isabel la Catolica y Consul de España en esta residencia, ha comparecido D. Luis Figueria, español vecino y del comercio de esta plaza, y dijo: Que era su voluntad otorgar como por el presente otorga su poder amplio, especial y cianto por derecho se requiere a favor de D. Francisco Maignon hijo mayor, del comercio de Barcelona, paraqué representando su propia persona, acciones y derechos pueda practicar cuantas dilijencias sean necesarias y haría el otorgante si presente se hallare, haciendo esta ante el tribunal consular de aquella plaza o cualquiera otro competente, al Señor Parret ajente consular de Cerdeña, para ecsijir el reembolso de las sumas que ha indebidamente percibido y ecsijido de plomo, que condicia el buque sardo “Il Genio” su Capitan Bafico con destierro y consignado al poderdante dicho buque habiendo entrado en aquel puerto para reparar una via de agua que hacia ecsijiendo asi mismo el reembolso de todas las demás sumas que ha percibido y no le son debidas, y por último paraqué a los fines indicados pueda practicar todas las dilijencias que sean necesarias, aun cuando aquí no se hallen especificadas, siendo su voluntad que en semejante caso pueda, suplirse cualquier falta de espresion o clausulas, aun de aquellas de que por derecho se requiere hacer especial mención, pues para todo lo referido su insidencia, rependientes, confiero el mas amplio y especial poder al susodicho D. Francisco Maignon hijo mayor, con facultad de poderlo substituir en todo o parte y cuantas veces estime por conveniente, que a todo releva de costas, según derecho, y a las estabilidad de cuanto se lleva dicho, y en su virtud se obrare, obliga sus bienes habidos y por haber. En fe de lo cual firma comnigo el presente y los testigos D. Juan Vassalto y D. Pedro Estarico, de que certifico.=
Luis Figueroa.= J. Vassalto.= P. Estarico.= J. de Prat= La presente es copia del original que queda archivado en este Consulado de mi cargo a que me refiero; y paraqué así conste donde convenga firmo y sello el presente en Marsella fecha ut supra.= Juan de Prat.= Lugar del se+llo.= Concuerda con su original de que doy fe.
En dicho nombre el espresado D. Francisco Maignon, queriendo usar de la facultad de substituir a él cibceduda y de ella usando espontáneamente substituye t nombra en apoderado de su principal a D. Antonio Salvador Font, D. Vicente Cardenas notarios reales y causídicos y D. Feliciano Rodriguez vecinos de esta, paraqué por el otorgante, eo por su principal pueda y el otro de ellos a solas pueda usar y use de los poderes y facultades arriba continuados, y que le fueron concedidos con la inserta escritura de poder, bajo las mismas promesas, obligaciones, renuncias y clausulas en ella continuadas, a la que se refiere. En cuyo testimonio, conocido de mi el escribano, lo otorga y firma en la ciudad de Barcelona a los veinte y cinco Abril mil ochocientos treinta y siete, siendo testigos José Font y Jose Plá vecinos de esta.
En dicho nombre F. Maignon hijo mayor, Ante mi Fernando Moragas y Ubach notario