Saga Bacardí
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ESCRITURA DE DEVOLUCIÓN DE PRÉSTAMO Y GARANTÍAS APORTADAS ENTRE DURAND Y JOSÉ MAIGNON.


Ante mi el escribano y testigos nombraderos comparecieron los Señores D. José Maignon y D. Juan Bonaventura Sonlere de este comercio y dijeron. Que atendida a que en el dia veinte y cinco Agosto de mil ochocientos treint ay seos, formaron el papel privaco dque sigue.=
Digo yo D. José Maignon del comercio de esta ciudad haber recibido del infro D. Juan Bonaventura Soulere en la calidad de apoderado de D. Paulino de Duran los cantidades de diez y seis mil cinquenta y cinco pesetas que son el precio del la venta que el mismo Soulere en dicho nombre fiemó a mi favor ante el escrivvano D. Fernando Moragas y Ubach a diez y ocho de Febrero de este año de todos los muebles y efectos que su principal tenia en la fábrica de aguardiente establecida en la villa de Martorell, las que constan designadas en el inventario que contenía dicha escritura, y como en la misma se halle el pacto de que si el vendedor me devolvía el precio por todo este mes, quedaría levantada nula, con quiendo este pacto me obdico de todos los derechos que puedan competerme en razón de ella, queriendo que se entienda como si hecha no fuere. Y yo el mismo D. Juan Bautista Suleres declaro haber recibido todos los muebles y efectos vendidos sin el menor deterioro y en la misma conformidad los entregue a Maignon. Y para que conste firmamos el presente por duplicao con obligación de elevarlo a escritura publica siempre y quando alguno de nosotros lo quisiere en Barcelona a veinte y cinco Agosto de mil ochocientos treinta y seis.= José Maignon.= Juan Bautista Soulere.= Concuerda con el original que he devuelto a los interesados.= Queriendo los otorgantes en la conciliación elevar el transcrito documento a escritura publica. Espontaneamente han venido en formar la presente con la que aprueban, ratifican y confirman el transcrito documento, declarando D. José Maignon haber recibido de D. Juan Bautista Soulere en la calidad de apoderado general de D. Paulino Durand las diez y seis mil cincuenta y cinco pesetas que en el mismo se hace merito y D. Juan Bautista Soulere los muebles y efectos vendidos pertenecientes a la fabrica de aguardientes que su principal tenia eestablecida en Martorell sin el menor deterioro, y en la misma forma y conformidad que los entregó D. José Maignon cuando firmó la venta de los mismos en poder del infro escribano a die y ocho de Febrero de mil ochocientos treinta y seis, la cual ambos otorgantes cancellan y anulan en todas sus partes, quediendo que la queriendo que la misma no pueda perjudicar en lo mas minimo, no a ellos ni sus sucesores. Ymponiendose como se imponen acerca la misma silencio y callamiento perpetuo. En cuyo testimonio quedando advertidos por mi el infro escribano que de esta escritura se ha de tomar razón en el oficio de hipotecas que corresponda según leyes vigentes lo otorgan y firman conocidos de mi el infro escribano en la ciudad de Barcelona a veinte y dos de Febrero de mil ochocientos treinta y ocho. Siendo testigos José Font y Teodoro Puget vecinos de la misma.
J. Soulene, José Maignon, Ante mi Fernando Moragas y Ubach notario.