Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PRORROGA EN DEVOLUCIÓN DE PRESTAMO HACIA VILA, POR JUAN BAUTISTA MONTOBBIO DEPETO.


D. Rafael Vila piloto de la matricula de Alicante en la presente ciudad hallado. Por cuanto con escritura recibida ante el subscrito notario a veinte y tres de Octubre de mil ochocientos cuarenta y uno. Por las razones que en la misma se espresan confesó deber y querer pagar a D. Juan Bautista Montobbio del comercio de esta plaza la cantidad de dos mil ochocientos pesos fuertes, los que prometió devolverle en buena moneda de oro y plata con exclusión de todo papel moneda dentro el termino de dos años a contar del dia de la firma de la calendada escritura, bajo la especial hipoteca del bergantín llamado “Manuelito” y la generalidad de sus bienes. Y como haya vencido el plazo, no habiendo el otorgante podido devolver al citad Señor Montobbio la espresada cantidad, convencido este de las razones que se lo han impedido ha tenido a bien prorrogarle el plazo por dos años mas contaderos del citado dia de la obligación. Por tanto sin perjuicio de la providad de tiempo, mejoría de derecho y sin perjuicio de la hipoteca establecida en la citada escritura de debitorio, y sin la menor novacion antes al contrario, queriendo queden salvas al Señor acreedor en razón de la calendada escritura de obligación el propio D. Rafael Vila, de su espontanea voluntad se obliga y promete a D. Juan Bautista Montobbio que le pagará y devolverá los espresados dos mil ochocientos pesos por todo el dia veinte y tres de Octubre de mil ochocientos cuarenta y cinco, en igual especie de moneda de oro y plata, corriente en esta plaza, bajo la misma especial hipoteca, obligación de bienes, renuncias, escritura de tercio y demás clausulas en el calendado debitorio continuados a que se refiere y quiere tener aquí por repetida. Presente D. Juan Bautista Montobbio lo acepta. Advertido de lo prevenido en la Real Pragmatica de Hipotecas y edictos succesivos. Así lo otorgan y firman conocidos del subscrito notario en la ciudad de Barcelona a los seis días del mes de Abril del año mil ochocientos cuarenta y cuatro. Siendo presentes por testigos Buenaventura Capdevila y D. Simon Puig escribientes vecinos de la misma.
Rafael Vila, Juan Bautista Montobbio, Ante mi Constantino Gibert notario.