Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PAGO DEJADO POR ANTONIO HACIA LOS HIJOS SAGNIER DE ROSA NADAL Y DODERO.


D. Juan Illas y D. Antonio Artós vecinos de esta ciudad. En la calidad de tutores y curadores que son de los menores D. Luis, D. Manuel y Da, Maria Asumpta Sagnier y Nadal, hijos de D. Luis Sagnier y Vidal nombrados tales en el ultimo testamento que este otrogó cerrado al difunto D. Jaime Rigalt y Estrada notario de esta ciudad a los trece de Julio, y seguida la muerte del Señor testador fué abierto y publicado en diez y nueve de Noviembre del año mil ochocientos treinta y cinco. En dicho nombre de su libre y espontanea voluntad, confiesan y reconocen a Da. Rosa Gassó y Nadal consorte de D. Erasmo Gassó heredera que es del difunto Antonio Nadal madre de dichos menores. Que en efectivo metalico de oro y plata en presencia del notario subscrito y de los testigos de este instro les ha dado y satisfecho la cantidad de dos mil ciento diez y seis libras cuatro sueldos y cinco dineros, las cuale sson y les sirven por saldo de las cuentas que dicho D. Antonio Nadal también tutor y curador que fué de los propios menores llevó de dicha tutela y cura hasta el dia de su muerte, y despues als continuó su heredera la nombrada Da. Rosa Gassó hasta treinta y uno de Diciembre del año mil ochocientos cuarenta y seis. Cuyas centas han examinado y hallado corrientes, comfesando al mismo tiempo haberles sido entregadas todas las piezas de plata, joyas, y papeles propias de dichos menores provenientes de los tutela, como y tambien de las demas allajas joyas y papeles de que se imcorporó dicho Señor Nadal y son las mismas que se describieron en el inventario que se tió despues de la muerte de Da. Rosa Sagnier y Vidal viuda abuela de los referidos menores recibido por ante el notario subscrito en veinte de Noviembre del año mil ochocientos cuarenta y cuatro que al presente son de la propiedad de los mismos menores, por razón de haber pagado su valor de fondos de los mismos para cubrir los pagos que se mencionan en el convenio celebrado en diez y siete de Abril del año mil ochocientos cuarenta y cinco entre los administradores de la citada Da. Rosa Sagnier y Vidal y los tutores y curadores otrogantes. Por lo que renunciando a la escepción de la cosa no ser así, y a cualesquiera otra ley o drecho de su favor, otorgan a la precitada Da. Rosa Gassó y Nadal, la mas cabar carta de pago y finiquito de las citadas cuentas. Y presente dicha Da. Rosa Gassó y Nadal con consentimiento y aprobación de su esposo abajo firmado por el amor profesa a dichos sus hijos hace condonaciona los mismos de la parte del derecho correspodia a su difunto tio D. Antonio por razón de la administración de dicha tutela, y cura. En cuyo testimonio conocidos del infro escrivano así lo otorgan y firman en la ciudad de Barcelona a tres dias del mes Abril del año mil ochocientos cuarenta y siete. Siendo testigos D. Mariano Riera y D. Narciso Gifre de Bahí vecinos de la misma.
Juan Illas y Terres, Antonio Artós, Rosa Gassó y Nadal, Erasmo Gassó, Ante mi Jaime Rigalt y Alberch notario.