Saga Bacardí
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ESCRITURA DE FIRMA POR ESTABLECIMIENTO ENTRE BASIL NOGUES Y ESTEVAN MAIGNON Y DURAN.


En la ciudad de Barcelona a once de Abril de mil ochocientos cincuenta y uno. Paraque en todo tiempo conste la misma firma por razon de dominio continuada al pie del establecimiento perpetuo hecho y firmado por D. Estevan Maignon y Duran hacendado vecino de esta dicha ciudad a favor de D.Pedro Basil y Nogues comerciante natural de Olot, vecino de la villa de Badalona de dos diferentes porciones de terreno para edificar casas sitas en la calle del Pilar de la mencionada villa, la copio la dicha firma a la letra siendo su tenor de ella el siguiente.
La Ilustre Señora Da. Maria Josdepha de Sarriera y de Pinós, Condesa de Solterra, Marquiesa de Barbará y de la Manresana, natural de esta ciudad, veina de la ciudad de Gerona hoy en la presente hallada. De su espontanea voluntad firma por razón de dominio el establecimiento perpetuo otorgado por D. Estevan Maignon y Duran vecino de esta ciudad, a favor de D. Pedro Basil, vecino de Badalona, de una porción de terreno para eficicar casa de cabida quince mil doscientos diez palmos superficiales, poco mas o menos, situados en la villa de Badalona, que harán frente en la calle llamada del Pilar, y de otra porción de terreno de cabida veinte y siete mil setecientos sesenta y un palmos situados en dicha villa y harán frente en dicha calle del Pilar. Cuyas porciones de terreno son parte y de pertenencias de una huerta sita en dicha villa, inmediata a la carretera Real. Que se tiene por dicha Ilustre Señora otorgante y bajo su dominio y alodio al censo anual de tres libras diez sueldos comforme se espresa en el acto de dicho establecimiento autorizado por D. José Dardé notario publico de número de esta ciudad en veinte y siete de Febrero ultimo. Salvos los censos, laudemios y demas derechos dominicales. Y comfiesa haber recibido nueve sueldos por la aprobación del calendado establecimoento. En cuyo testimonio lo firma conocida del infro notario en Barcelona a ocho de Abril de mil ochocientos cincuenta y uno. Siendo testigos D. José Carbó y Ramon Datzira vecinos de la misma.= La Condesa de Solterra.= Ante mi Ramon de Miquelerena notario.= De la presente firma doy fe.= Ramon de Miquelerena notario.
Concuerda con la firma que se halla continuada al pie de la presente copia del calendado establecimiento de que doy fe.=
José Dardé notario.
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