Saga Bacardí
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ESCRITURA DE LAUDEMIO HACIA CANUDAS POR MANUEL SAGNIER Y NADAL.


Salvador Canudas y Bas, albañil natural de Vilamajor y vecino de esta ciudad espontáneamente confiesa y reconoce a Da. Rosa Nadal de Gassó viuda en terceras nupcias de D. Erasmo Gassó y a D. Manuel Sagnier y Nadal madre e hijo naturales y vecinos de la misma en la calidad la primera de usufructuaria y el segundo de legatario en virtud de lo dispuesto por D. Antonio Nadal y Vicent en su ultimo testamento que entregó cerrado al infrascrito notario en diez y seis de Enero del año mil ochocientos cuarent ay cuatro y fue publicado a los veinte y tres de Diciembre del de mil ochocientos cuarenta y seis. Que por titulo de venta perpetua hecha a su favor por Jacinto Baxera y Torras albañil recibida por ante el mismo infrascrito notario en trece de Julio del mismo año, tiene y posee todo aquel pedazo de terreno en el que se está edificando una casa sito en la calle nuevamente abierta nombrada de la Luna de estensión mil ochocientos treinta y cinco palmos superficiales en esta ciudad. La que se tiene junto con otro igual terreno contiguo de cabida mil ochocientos treinta y cinco palmos por dichos madre e hijo Da. Rosa Nadal y D. Manuel Sagnier en dominio mediano al censo de veinte y dos libras cinco sueldos y dos dineros equivalentes a setecientos setenta reales veinte y cuatro maravedises irredimible, pagadero por medias anualidades – de pago en treinta de Junio y treinta y uno de Diciembre, con prohibición de imponer otro dominio, de cuyo censo debe satisfacer el Señor otorgante por el terreno que confiesa trescientos ochenta y cinco reales dos maravedises en los plazos indicados bien que todo el sobredicho censo debe ser salvo y seguro a dichos señores madre e hijo Nadal y Sagnier tanto sobre el uno como sobre el otro terreno. Cuyo censo fue impuesto en el establecimiento que los nombrados madre e hijo Nadal y Sagnier otorgaron a favor de dicho Jacinto Boxeras y Torras con escritura recibida por ante el subscrito notario en doce de Abril del corriente año bajo los pactos en el impuestos y entre otros de que el indicado censo lo deben percivir dichos Señores madre e hijo Nadal y Sagnier y los suyos franco y libre de todo descuento o rebaja por las contribuciones que se impusieren en razón de el, todos los cuales pactos promete observar y cumplir el otorgante. Linda dicha casa por oriente en la calle de la Luna; por mediodía con Da. Antonia Ticó viuda de D. Ramon Domenech; y por poniente y cierzo con José Campderrós. Afirmando como afirma y jura voluntariamente ser verdaderas toras las sobredichas cosas. En cuyo testimonio conocido del infrascrito notario así lo firma en la ciudad de Barcelona a veinte y nueve de Octubre de mil ochocientos cincuenta y cinco. Siendo testgigos D. Andres Ros y D. Francisco Muns de esta vecindad.
Salvador Canudas, Ante mi Jaime Rigalt y Alberch notario.




Luis Sagnier y Enrique Sagnier con Ignacio Villavecchia 1880