Saga Bacardí
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ESCRITURA DE ENTREGA DINERAL DE LA TUTELA DEJADA POR PADRE Y ABUELA A FAVOR DE MANUEL SAGNIER Y NADAL.


Manuel Sagnier y Nadal, propietario, natural y vecino de esta ciudad. Por cuanto D. Luis Sagnier y Vidal su padre en su ultimo testamento que entregó cerrado a D. Jaime Rigalt y Estrada notario en trece de Julio y fué publicado en diez y nueve de Noviembre de mil ochocientos treinta y cinco nombro en tutores y curadores del otorgante y de sus hermanos D. Luis y Da. Maria Asumta a su esposa Da. Rosa Sagnier y Nadal a Da. Rosa Sagnier y Vidal madre del testador, a D. Antonio Nadal y Vicent, a D. Juan Illas y Ferrer y a D. Antonio Artós de los cuales solo ha quedado actualmente dicho D. Antonio Artós, por haber la primera contraido otro matrinonio y falledico los demas. Atendido que habiendo el nombrado D. Manuel Sagnier y Nadal cumplido en cinco del actual Mayo la edad de veinte y cinco años viene el caso rendirle cuentas de lo administrado y entretarle su caudal y parte de co-herencia le corresponde y haber administrado tanto dicho D. Antonioo Artós como los demas Señores tutores y curadores cuando tenian dicha administracion y en su consecuencia finiquitar las cuentas que le han sido presentadas de la ditada tutela y cura junto con los documentos justificativos de su data, las cuales son comprensivas desde veinte y dos Setiembre de mil ochocientos cincuenta y dos hasta el citado dia cinco de Mayo de mil ochocientos cincuenta y siete, y en ellas va refundido el resultado de las anteriores que se presentaron cuando se procedió a la división de bienes entre los demas sus hermanos D. Luis y Da. Maria de las herencias de dicho su Señor padre D. Luis Sagnier y Vidal y de su Señora abuela Da. Rosa Sagnier y Vidal según vuelta de escritura recibida por ante el subscrito notario en diez y seis de Setiembre de mil ochocientos cincuenta y dos, la que tuvo efecto en veinte y uno del mismo mes, dia en que contrajeron matrimonio los sobredichos hermanos del otorgante. Cuyas cuentas importan el cargo de dos mil seiscientas diez y seis libras, cuatro sueldos y cuatro dineros, y la de otra once mil ochocientos cuarenta y dos libras nueve dineros, quedando a favor del otrogante la suma de setecientas setenta y cuatro libras, tres sueldos y cuatro dineros por consiguiente declarando como declara haberlas ecsaminado y hallado enteramente corrientes y arregladas las aprueba y difine, con promesa de no pedir no intentar contra dicho D. Antonio Artós y los sucesores de los demas Señores tutores y curadores ni de sus bienes, gestion ni demas, dada alguna en razón de la indicada tutela y renunciando al efecto a cualesquiera leyes y demas de su favor. Y al mismo tiempo confiesa recibir, en este acto en presencia del notario subscrito y de los testigos de este instrumento de dicho D. Antonio Artós las setecientas setenta y cuatro libras tres sueldos y cuatro dineros alcance que ha quedado a su favor de las citadas cuentas de que otorga carta de pago con el presente. Declarando también haberle entregado los titulos de las fincas y demas que le ha correspondido. En cuyo testimonio conocido del infro notario lo otorga y firma en la ciudad de Barcelona a veinte y tres de Mayo del año mil ochocientos cincuenta y siete. Siendo testigos D. Andres Bes y D. Ramon Argell en esta residentes.
Manuel Sagnier y Nadal, Ante mi Jaime Rigalt y Alberch notario.