Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA FOLCHS POR MANUEL SAGNIER Y NADAL.


Sepase. Como D. Manuel Sagnier y Nadal corredor Real de cambios, natural y vecino de esta ciudad, espontáneamente otorga que da todo su poder cumplido, libre, y bastante cual de derecho se requiera y sea necesario a D. Fernando Folchs procurador causídico de esta Audiencia territorial, aunque ausente para que en su nombre, y representando su persona, acción y derecho pueda comparecer ante cualesquiera Señores jueces de paz, y demás superiores que convenga y en presencia de los mismos celebrar los juicios de conciliación y de avenencia en el modo y forma prevenido en la ley de enjuiciamiento civil, acordando o discordando según mejor le pareciere, y si los efectos de dichos juicios no tuvieren lugar pueda así mismo comparecer ante cualesquiera Señores Jueces, Justicias, Audiencias, Curias y Tribunales Eglesiasticos y Seculares y en ellos intentar, proseguir y terminar cualesquiera pleitos y causas, activas y pasivas, principales y de apelación, movidas y para mover largamente, con el acostumbrado curso de pleitos, y causas. Facultad espresa de hacer requerimientos, replicar y responder a otros, jurar de calumnia, poner embargos y desembargos, prestar cauciones juratorias y fiadurias, instar ejecuciones y hacer todo lo demás que en orden a dichos pleitos y causas, se requiera según el estilo de los tribunales donde se siguieren sin limitación ni restricción alguna. Concediendole a mas facultad especial de que pueda substituir este poder en todo u en parte a las personas de su satisfacción, y revocar los substitutos. Y generalmente en orden a lo referido ejecutar todo lo que el Señor otorgante podría hacer si fuese presente. Prometiendo como promete estar a juicio, pagar lo juzgado y tener por firme y valido cuanto en virtud de este poder será obrado, bajo obligación de todos sus bienes con las renuncias de leyes y derechos, de su favor. En cuyo testimonio conocido del subscrito notario lo firma en la ciudad de Barcelona a tres de Julio de mil ochocientos cincuenta y ocho. Siendo testigos D. Andres Bes y D. Jaime Bonet de esta vecindad.
Manuel Sagnier y Nadal, Ante mi Jaime Rigalty Alberch notario.