Saga Bacardí
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ESCRITURA DE PODERES HACIA BOADA POR LUIS SAGNIER Y NADAL.


En la ciudad de Barcelona a doce de abril de mil ochocientos cincuenta y nueve. Ante mi el notario y testigos nombraderos compareció D. Luis Sagnier y Nadal propietario, natural y vecino de esta ciudad el cual de su espontanea voluntad otorga poder cumplido, amplio y tan bastante cual en derecho se requiere y es necesario a D. Jayme Boada y Gurlleri vecino de San Vicente dels Horts, para que en representación del Señor otorgante pueda pedir, percibir y cobrar los alquileres y arriendos de las casas y tierras y las pensiones de censos y censales que dicho Señor otorgante percibe en los pueblos de San Vicente dels Horts, Pallejá y Cuadra de la Palma firmando de lo que percibiere y cobrare los recibos, cartas de pago y demás resguardos oportunos. Para que pueda comparecer ante los señores jueces de paz, a conciliar cualesquiera cuestiones y celebrar los juicios verbales prevenidos por la ley, practicando en dichos actos todo cuanto el Señor compareciente podría hacer presente siendo, declarando no llegar a cinco mil reales la cantidad porque debe obrar este poder. Prometiendo estar a derecho, pagar lo juzgado y sentenciado y haber por firme y valido y no revocarlo en tiempo ni por motivo alguno cuanto su apoderado obrare en virtud de este poder, bajo obligación de sus bienes y renuncia a las leyes de su favor. En cuyo testimonio conocido de mi el notario lo otorga y firma, siendo testigos D. Jaime Samsó y D. Francisco Mguel de esta vecindad.
Luis Sagnier y Nadal, Ante mi Fernando Moragas y Ubach notario.