Saga Bacardí
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ESCRITURA DE RECONOCIMIENTO DE DERECHOS, POR VENTA JUDICIAL ENTRE CAMDERRÓS Y OLLER, HACIA MANUEL SAGNIER Y NADAL.


En la ciudad de Barcelona a ocho de Noviembre de mil ochocientos sesenta y dos. Ante mi el infrascrito notario publico de esta ciudad, vecino de ella y de los testigos que se nombraran pareció Don Salvador Oller y Cadena cubero, vecino de Martorell y dijo. Que espontáneamente confiera y reconoce a Don Manuel Sagnier y Nadal corredor Real de cambios de esta vecindad, que por titulo de venta perpetua judicial hecha a su favor por Don Nicolas Saenz de la Maleta juez de primera instancia del distrito de Palacio de esta ciudad por rebeldía de Don José Campderrós y Vidal y de Doña Ana Nicolau y Amat consortes de ignorado paradero y por precio de sesenta y siete mil cuatrocientos treinta y un reales veinte y nueve centimos recibida por ante Don Jaime Tos notario de Barcelona a los quince de Julio del corriente año. Tiene y posee toda aquella casa sita en las calles de la Luna y de Cardona de esta ciudad señalada en la primera de número veinte y siete y en la segunda de numero siete edificada en un terreno de estensión ocho mil ciento cincuenta palmos superficiales, la que se tiene en dominio mediano de dicho Don Manuel Sagnier al censo de mil quinientos treinta y cinco reales veinte y seis maravedises irredimibles pagadero anualmente por mitad en treinta de Junio y treinta y uno de Diciembre, y como dicha casa o su terreno es de pertenencias de un huerto sito en la calle den Ferlandina cerca el Monasterio de Nazaret o de Valldonsella se tiene en domini y alodio del beneficio bajo invocación de San Silvestre unido a la Pia Almoina de la Santa Iglesia de esta ciudad, al censo de dos morabatines pagaderos anualmente en el dia o fiesta de Nuestra Señora del mes de Setiembre. Linda la predicha casa por oriente con la calle de la Luna; por mediodía parte con Salvador Canudas, parte con Antonio Ticó, y parte con la calle de Cardona; por poniente con Margarita Peris; y por cierzo con Antonio Moragas. Afirmando como afirma, y jura voluntariamente ser verdaderas todas las referidas cosas. Siendo testigos Don Ramon Pasqual y Don Jaume Bonet el primero propietario y el segundo estudiante ambis de esta vecindad a quienes y al otorgante he leído integro esta escritura por haberlo así elegido despues de enterados del derecho que tienen de leerla por lo que doy fe. Y el otorgante cuya persona, profesión y vecindad también doy fe conocer. Lo firma con los testigos instrumentales.
Salvador Oller, Ramon Pascual, Jaime Bonet, Ante mi Jaime Rigalt y Alberch notario.