Saga Bacardí
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ESCRITURA DE CONTESTACIÓN DE REQUERIMIENTO POR IMPAGO DE TERCERO, POR MANUEL MONTOBBIO Y MALET.


En la ciudad de Barcelona a cinco de Julio de mil ochocientos sesenta y nueve. Ante mi D. Fernando Moragas y Ubach notario del Colegio del Territorio de la Audiencia de esta ciudad, vecino de la misma y de los testigos que al final se espresarán, compareció D. Manuel Montobbio y Malet comerciante, de edad de cuarenta años, viudo, vecino de esta ciudad, cuyo Señor asegurando y apareciendo tener la capacidad legal necesaria para otorgar este instrumento, de su espontanea voluntad me entregó la contestación que daba al requirimiento que se le había dirigido a nombre de los Señores J.B. Lassalle-Hurron de Reus, cuya contestación a la letra dice así.= Al requirimiento que se le ha dirigido en nombre de J.B. Lassalle-Herron en dos de este mes, contesta D. Manuel Montobbio.= Que nada tiene que satisfacer, no indemizar al requiriente por consecuencia de la venta de las cajas de baza de sauco hecha a J. Vergés & Cia., en liquidación a que e refiere el requirimiento, ya por que con sus actos como intermediario en el contrato ninguna responsabilidad contrajo, y ya porque el requirente con posterioridad al propio contrato ha convenido particularmente con dicha razón social, sobre la forma del pago del precio, haciendo una verdadera novacion a los términos de la compra venta al aceptar, después de cobrada una cantidad en metálico, varios pagarés de dichos Señores Vergés directamente a la orden del Señor Lassalle-Herron que no estaban estipulados; y ha de hacer presente además, por lo que toca al cumplimiento fiel de las obligaciones que la ley impone a los comisionistas, que no es cierto que en la época del contrato fuese insolvente la razón de J. Vergés & Cia., pues por el contrario cumplía convenientemente sus compromisos y gozaba de crédito, habiendose sin duda debido su retardo en pagar al perjuicio que parece le ocasionó la venta a causa de la mala calidad de la baga de sauco que se le entregó.= Por tanto rechaza la intima que se le ha dirigido, protesta a su vez contra J.B. Lassalle-Herron de perjuicios y costas, y requiere al notario autorizante para que libre copia de esta respuesta siempre que lo haga del acto que la motiva. Y lo firmó siendo testigos D. Juan Bordas y Agustí chocolatero y D. Pedro Estrany y Humet dependiente de comercio vecinos de esta ciudad, previa lectura integra que he hecho a todos después de advertidos del derecho que la ley les concede de leerla por si mismos, de todo lo que así como de su conocimiento, profesión y vecindad doy fe.
M. Montobbio, Pedro Estrany, Juan Bordas y Agustí, Fernando Moragas y Ubach.