Saga Bacardí
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NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR LOCAL DE LOS BIENES Y RENTAS DE LOS PRINCIPES DE BELMONTE, MARQUESES DE ARGENSOLA, HACIA ALEJANDRO DE BACARDÍ Y DE JANER
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En la ciudad de Barcelona a los doce dias del mes de Enero año del Nacimiento del Señor mil ochocientos cuarenta y seys: Ante mi el notario y testigos intros compareció el S. D. Celestino Guariglia abogado de Napoles en la actualidad residente en esta ciudad quien ha dicho que hallandose apoderado General durante su permanencia en el Reino de España nombrado tal por los Escelentisimos Sor. Principe de Belmonte, y Sra. Princesa de Belmonte, Marqueses de Argensola consortes, residentes en Napoles Reyno de Italia con escritura recibida ante D. Juan Conte notario publico de la ciudad de Napoles a diez y ocho Diciembre del año ultimo mil ochocientos cuarenta y cinco, traducida dicha escritura del idioma Italiano al Español por D. Pedro José Ortembach traductor de lenguas vecino de esta ciudad en fecha de cinco de los corrientes; cuya traduccion del tenor siguiente:= D. Pedro José Ortenbach traductor de lenguas por S. Mag. (q.D.G.) de los tribunales de esta ciudad de Barcelona, certifico, que por parte de D. Celestino Guariglia abogado de Napoles actualmente residente en esta ciudad se me ha pasado una escritura de poderes otorgada a su favor por los Escelentisimos Señores Principe de Belmonte, Marques de Argensola, y la Sra. Princesa de Belmonte, Marquesa de Argensola su consorte, por ante D. Juan Conte notario publico de Napoles, fecha en dicha ciudad a doez y ocho Diciembre mil ochocientos cuarenta y cinco, escrito dicho documento en idioma Italiano en un pliego de papel del real Sello de las dos Cicilias de dice granos ocupadas las tres primeras paginas y parte de la cuarta continuada una legalizacion de firma por el Presidente del Colegio de Notarios de Napoles, y sigue al fin otra legalizacion por el Consul General de españa residente en dicha ciudad, paraque lo tradujese al castellano, y cuyo tenor es como sigue.= Traduccion número del Repertorio del original 927.- Reyno de las Dos Cicilias-año mil ocho cientos cuarenta y cinco el dia diez y ocho de Diciembre.= Reynando D. Fernando Segundo por la gracia de Dios, Rey del Reyno de las Dos Cicilias Rey de Gerusalen, Duque de Parma, de Plasencia y de Lasro, Gran Principe hereditario de Toscana; Ante mi notario Juan Conte o el firmado Nazario Benedetto de Napoles, aquí residente en el estudio en la calle Quercia Nº 31, y ocho bajo firmados testigos, han comparecido personalmente los Escelentisimos Señores Esposos el Principe de Belmonte, Marques de Argensola D. Angelo Granito hijo del finado Marques D. Joaquin Mayordomo de Semana y Gentil hombre de Camara de S. Mag. el Rey de las Dos Cicilias, y la Señora Princesa de Belmonte, Marquesa de Argensola Da. Francesca Josefa, Paulina Pignatelli y Aymerich hija unica heredera del Sor. Principe de Genaro y esta autorizada por su esposo, domiciliados en la calle Santa Maria de los Angeles en Pizzo Falione nº 7.= Dichas partes, otorgantes son conocidas de mi el notario y de los testigos. Los mismos Escelentisimos Esposos han declarado que con escritura otorgada ante mi el diez y siete de mayo de mil ochocientos cuarenta y cinco, registrada con el numero 5067. Granos ochenta Minere, nombraron el apoderado S.D. Guariglia del finado D. Obidio de este Reyno de Napoles, que actualmente se halla en Barcelona su apoderado especial, para algunos negocios que la mencionada Escelentisima Sra. Princesa de belmonte, marquesa de Argensola tiene en España. Añaden que habiendo reconocido la habilidad y energia de dicho S. Guariglio en el desempeño de los negocios que se le habian onfiado nombraban su apoderado General durante la permanencia que hará en aquel Reyno con facultad de hacer qualquier convenio, según qualquier pleito en los respectivos tribunales, tanto los que actualmente existen como los que en su sabiduria cree necesario intentar, arreglar qualquiera cuanta, ya sea con corporaciones, ya con particulares, y habiendo cesado en Barcelona el Administrador local D. Juan Bautista Vilaseca se le concede por dichos Escelentisimos S.S: Esposos la facultad de sustituir un Administrador local por el tiempo que dicho S. Guariglia permanecerá en España, concediendole aquellas facultades administrativas y con las condiciones que dicho S. Guariglia creera conveniente, y fixandole en el nombramiento los mismos honorarios que se deban al S. Vilaseca, declarando dichos Escelentisimos S.S: Esposos tenerlo todo por grato y valido. Hecho y estipulado en esta comun y Provincia de Napoles o propiamente en el arriba indicado domicilio de dichos Señores Esposos habiendose leido a los mismos la presente escritura con voz clara e inteligante en presencia de los S.S.D. Nicolas Giuliani del finado Geronimo empleados civil domiciliados calle del Paraiso de la Salvia nº siete u de D. José Meola del finado notario Carlos propietarios domiciliados para este acto que conocen a las partes, y de mi tambien concidos los cuales prevenidos de lo que se trata y del tenor de las leyes a las que deben las partes conformarse lo hemos firmado con los mismos testigos poniendo nuestro signo notarial:= Angel Granito Principe de Belmonte, Marques de Argensola.= Nicolas Giuliani testigo.= José Miola testigo.= Juan Conte notario de Napoles.= Papel y sello granos 42. Registro gramos 14.= Honorarios granos 80 Son dos ducados y veinte granos.= Conte notario.= Numero 13044.= Registrado en el Segundo oficio.= Dia diez y nueve de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y cinco.= Libro primero, tomo 648.= Lilio 95-Vº 6ª-40 80 granos-Nº 10402.= Por archivo 10 granos son 90 granos.= Mimieri.= Por copia conforme el original escrita de mano agena y comprobada que libro en este dia a diez y nueve de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y cinco.= Juan Conte notario de Napoles.=
NOTA
Papel y rol…………………………….32
Registro……………………………….27
Confrontacion………………………..20
Honorarios…………………………..40
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Son ducados Vño granos diez y nueve-Conte notario, numero 13845 Registrado en Napoles en el segundo oficio a diez y nueve de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y cinco.= Libro 1º, tomo 648, folio 95, Vº Bº 9 nº 6518.= Nos Presidente del Colegio Notarial de Napoles, Amplio que lo firma arriba puesta es de D. Juan Conte notario en exercicio residente en Napoles como consta por los registros a diez y nueve Diciembre de mil ochocientos cuarenta y cinco.= Nacisi.= Cayetano Tabassi.
Legalizacion del Consul de S. M. C Visto e el Consulado de España en Napoles bueno para legalisacion de la firma de D. Juan Conte, notario publico en esta ciudad a cuyos escritos se da entera ley credito en juicio y fuera de el. Y para que asi conste lo firmo y sello en Napoles a veinte de Diciembre de mil ochocientos cuarenta y cinco.= El Consul General.= Antonio Dominguez.= Lugar del Sello.= Concuerda con el Registro de traducciones de lenguas de este año que está a mi cargo de lo que doy fe. Y para que conste libro la presente certificacion escrita de mano agena en estos dos pliegos de real Sello tercero que firmo de la propia en Barcelona a cinco de Enero de mil ochocientos cuarenta y seis.=Pedro José Ortenbach.= Traductor Real.= Como en si es de ver y consta de la tal traduccion que he devuelto al necionado D. Celestino Guariglia quien queriendo usar de las facultades a el concedidas en dicha escritura de poder, Nombra en Administrador Local con las mismas circunstancias que contan escritas en sus poderes al Noble S. D. Alejandro de Bacardí, propietario y abogado del I. Colegio vecino de esta ciudad presente, de todos los bienes y rentas de los Escelentisimos S.S: Principes de Belmonte en sustitucion del que lo era D. Juan Vilaseca que ha cesado en dicho cargo, confiriendo al referido S. de Bacardí todas las facultades y acciones paraque pueda regir y administrar todos los referidos bienes, percibiendo y cobrando sus reditos y todas las cantidades de dinero y frutos que de ellos resultare o nombrando personas que lo efectuen, otorgando toda clase de escrituras que sean necesarias. Y generalmente haga y execute todo cuanto de derecho corresponde a un Administrador, y conosca necesario y conveniente para la maayor utilidad del Patrimonio y lo mismo que los Escelentisimos S.S. Principes harian presentes siendo, constituyendole a dicho fin y en cuanto menester sea toda la libre y general administracion, sin limitacion ni restriccion alguna, declarando dicho S. D. Celestino Guarigliaa nombre de los mencionados Escelentisimos S.S: Principes consortes tenerlo todo por grato y valido a todo lo cual obliga todos sus bienes, presentes y futuros, habidos y por haber. Y conocido de mi el notario el Sr. otorgantelo firma; Siendo presentes por testigos D. José Maria Torrent y D. José Sayrol y Monter de esta vecindad.
Celestino Guariglia Ante mi José Maria Torrent y Juliá notario.