Saga Bacardí
10461
ESCRITURA DEL SÉPTIMO PLAZO DE LA VENTA DE TORREGROSA HACIA JAYME REIG Y OTROS POR LOS PRINCIPES DE BELMONTE, ACTUANDO ALEJANDRO DE BACARDÍ DE JANER
.

En la ciudad de Barcelona a veinte y nueve Abril de mil ochocientos cincuenta y nueve: El Sor. D. Alejandro de Bacardí abogado del I, Colegio de esta capital natural y vecino de la misma en calidad de Administrador y Apoderado General y en especial para las infras cosas constituido por los excelentisimos Sres. consortes principes de Belmonte, marqueses de Argensola, residentes en Nápoles, según es de ver de los poderes autorizados en el Consulado de España en Nápoles a once Diciembre de mil ochocientos cuarenta y siete ratificados con otros posteriores al mismo, todos los quales da fe haber visto y leido el autorizante notario, espontáneamente otorga carta de pago a D. Jayme Reig propietario natural y vecino del pueblo de Torregrosa, llevando accion propia y representando los demas propietarios del memorado pueblo y agregados de Villaplana, Vimpelech y Carrasumada, de la cantidad de sesenta mil trescientos noventa y dos reales once maravedies vellon al S. otorgante en la espresada calidad en oago del séptimo plazo de las diez y siete plazos que se fijaron para la completa solucion del total premio de un millon veinte y seis mil seiscientos sesenta y ocho reales vellon, que motivó la renuncia y cesion de derechos objeto de la transacción y convenio que se firmó entre el S. otorgante en representación de dichos Sres. Excelentisimos Principes de Belmonte con varios propietarios del pueblo de Torregrosa y terminos a el agregados, recibida en poder de D. José Gilí y Roquer notario de la villa de Vellpuig a ocho Mayo de mil ochocientos cincuenta y cuatro. El modo de la paga de dichos sesenta mil trescientos noventa y dos reales once maravedies vellon es que el Sor. de Bacardí los recibe del mencionado S. Reig en este acto en moneda de oro y plata corriente en presencia del notario y testigos; por lo que bajo todas las renuncias necesarias y de su favor hace dicho Sor. de bacardí la presente cartad e pago, cediendo con ella cuantos derechos y acciones pudieran competir a sus principales acerca la reclamación del referido séptimo plazo, sobre el qual promete no se pedirá ni hara cosa alguna bajo obligación de los bienes de dichos Excelentisimos Señores principales en general, muebles y sitios habidos y por haber no obligando amperó los suyos propios por tratar negocio ageno. Queda enterado de la presentación de esta escritura en las hipotecas de Lerida dentro cuarenta dias de la fecha para su registro sin cuio registro será nula. En cuio testimonio asi lo otorga y conocido de mi el notario firma: siendo presentes por testigos D. Miguel Riera propietario vecino de Torregrosa en esta de barcelona hallado, y D. Feliciano Moya vecino de esta misma ciudad.
Alejandro de Bacardí, Ante mi José Torrent y Juliá notario.