Saga Bacardí
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CERTIFICADO DE MATRIMONIO ENTRE BERNABÉ MÒNACO E IRAÑETA Y MARIA DE LA CONCEPCIÓN DE BACARDÍ Y DE CASANOVAS.


D. Miguel González Pbre. Vicario de esta Parroquia de Nuestra Señora de Montserrat. Obispado de Provincia de Barcelona.
Certifico: Como en el libro de esponsorios de esta Parroquia, al folio primero vuelto y es el que rige se halla una partida que copiada liberalmente dice así:
En el Santuario de Neustra Señora de Montserrat, Obispado y Provincia de Barcelona a los diez y ocho días del mes de Marzo del año mil ochocientos setenta y siete, habiéndose publicado en la misa conventual de la Parroquia de San Miguel de la ciudad de Barcelona la ultima de las moniciones dispuestas en el Sant concilio de Trento el dia once de los mismos mes y año, Dominica cuarta quadragesima sin haber resultado ningun impedimento habiendo provedido las licencias del Excelentisimo e Ilustrissimo Señor Obispo de esta Diocesis y del Muy Ilustre Señor Suddelegado Castrense D. Juan Esquirol. Nos D. Miguel Abad de este Real Monasterio de Nuestra Señora de Montserrat, asistí y autoricé el matrimonio que celebraron en ella por palabra de presente según ha ordenado por Nuestra Madre la Iglesia, de una parte D. Bernabé Monaco e Irañeta, soltero, Coronel de Ejercito, Comandante de Estado Mayor, de edad treinta y cuatro años, natural de Pamplona y vecino de la plaza castrense de Barcelona, hijo legitimo de D. Gervasio y de Da. Bernabea, conjuges esta difunta naturales de Pamplona, y de la otra Da. Maria de la Concepción de Bacardí y de Casanoba, soltera, de edad veinte y cuatro años, natural y vecina de Barcelona, hija legitima y natural de D. Alejandro y de Da. Amalia comnjuges, esta difuinta, naturales de Barcelona, habiendo preguntado a ambos y entendido su mutuo consentimiento en presencia de los testigos. El Excelentisimo Señor D. Eduardo Gámir y Maladen, casado, general segundo Cabo del distrito militar de Cataluña, natural de Badajoz, y D. Antonio Ribas y Casanobas, soltero, abogado, natural y vecino de Barcelona. Obtuvieron el permiso de sus padres, fueron examinados en doctrina cristiana, confesaron y comulgaron, de todo lo cual certifico y firmo en el dia arriba expresado.= D. Miguel Abad de Montserrat.
La procedente partida concuerda literalmente con su original a la que me remito, y para que conste, y a petición de los interesados doy la presente que firmo en Montserrat a diez y ocho Marzo de mil ochocientos setenta y siete.
D. Miguel Gnzalez.